Pago de Multas, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, Ley N°19.925, Art. 25 y 26 en Tesorería Municipal

Fecha de actualización: 14-10-2024
Nombre del servicio Pago de Multas, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, Ley N°19.925, Art. 25 y 26 en Tesorería Municipal
Descripción del servicio

Dirigido a: Infractores de la Ley N°19.925, Art. 25 y 26 (Consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos de uso público y aquellos sorprendidos en manifiesto estado de ebriedad en vía publica o lugar de libre acceso al público).

Forma de regularizar y pagar la multa a ley de alcoholes N° 19925 , art 25 y 26

Requisitos y antecedentes

Antecedentes Legales

1. Ley N° 19.925, Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

Ø Art. 25 ¿Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público ¿.

Ø Art. 26 ¿Lo dispuesto en el artículo precedente también tendría lugar, respecto de quienes fueron sorprendidos en la vía pública o en lugar de libre acceso al público en manifiesto estado de ebriedad¿.

Ø Art. 56 ¿Para los efectos de determinar el equivalente en pesos de las multas que establece esta ley, se estará el valor de la Unidad Tributaria mensual a la fecha de su pago efectivo¿.

1.- Regularización de la infracción ante el oficial de guardia

Ø El infractor podrá allanarse a la infracción y consignar de inmediato el 25% del monto máximo de la multa (1UTM) ante el oficial de guardia de la unidad policial, o el suboficial en su caso, quien deberá integrar las sumas pagadas dentro del tercer día en la Tesorería Municipal o en la entidad recaudadora con la que haya celebrado convenio la Municipalidad.

2.- Regularización de la infracción ante la Tesorería Municipal

Ø Se entenderá también que la persona acepta la infracción y la imposición de la multa, poniéndole término a la causa, por el solo hecho que pague el 50% del monto máximo de ésta (1UTM ) , dentro de quinto día de citado al tribunal, para lo cual presenta copia de citación, en la que se consignra la infracción cursada. La Tesorería Municipal o la entidad recaudadora harán llegar al tribunal el comprobante de pago a la brevedad

3.- Requisitos Específicos

Ø Presentación de la citación dentro del quinto día de citado al tribunal.

Ø Tesorería Municipal hará llegar el comprobante de pago al tribunal.

¿Realizable en línea? No.
Trámites a realizar o etapas

Pago en Tesorería Municipal

1. Presentarse con la citación dentro del quinto día de citado al tribunal.

2. Sacar N° de atención en turno matic la opción ¿Partes de Tránsito¿.

3. Confección del giro y cálculo del valor a pagar por funcionarios de atención de público de Tesorería Municipal.

4. Pago en cajas de Tesorería Municipal.

5. Notificación al Juzgado del pago realizado.

Valor

50% de la Unidad Tributaria Mensual (UTM)

Lugar donde se realiza

Tesorería Municipal ubicada en Pedro de Valdivia N° 963, en Horario de Lunes a Jueves de 8:30 s a 14:00 Horas y de 15:00 a 17:00 Horas , Viernes de 8:30 a 14:00 Horas y de 15:00 a 16 Horas

Información complementaria

En caso de que el infractor no pague, será citado para que comparezca ante el Juez de Policía Local correspondiente