Constitución de Persona Jurídica sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del Código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociaciones)

Fecha de actualización: 15-11-2024
Nombre del servicio Constitución de Persona Jurídica sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del Código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociaciones)
Descripción del servicio

Descripción: Servicio mediante el cual se puede obtener el archivo de copia de los antecedentes de la constitución de una persona jurídica sin fines de lucro, regida por el Título XXXIII del Código Civil, (fundaciones, o corporaciones asociaciones) y su remisión al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a partir de la cual gozará de personalidad jurídica.

Requisitos y antecedentes: Dirigido a toda la ciudadanía: La entidad en formación debe tener y fijar en sus estatutos domicilio en la comuna de Providencia. Asimismo, debe fijar en sus estatutos el nombre de la entidad, el cual debe hacer referencia a su naturaleza, objeto o finalidad. Se debe realizar asamblea constitutiva, celebrada ante notario público, oficial del Servicio Registro Civil e Identificación o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, levantando acta que conste en escritura pública o privada autorizada por ministro de fe presente en la asamblea , en la que se exprese la voluntad de constituir una persona jurídica, se aprueben los estatutos, se designen las autoridades inicialmente encargadas de dirigirla( directorio inicial) y se otorgue poder para solicitar el registro de personalidad jurídica en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes.

Requisitos y antecedentes No es factible realizarlo en línea.
¿Realizable en línea?

Depositar en Secretaria Municipal el acta constitutiva, dentro de los 30 días siguientes de su celebración, certificados de antecedentes del Directorio inicial y certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación en el cual se indique que no existe similitud o coincidencia con el nombre de otra persona jurídica vigente. Luego, salvar las objeciones que, eventualmente, formule la Secretaria Municipal dentro del plazo de 30 días desde el depósito. Salvadas las objeciones, en su caso, la Secretaría Municipal enviará los antecedentes al Servicio de Registro Civil e identificación mediante correo electrónico, con copia al solicitante, para inscripción de la entidad en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación. Se recomienda utilizar los estatutos modelo, aprobados por el Ministerio de Justicia disponibles en la página web institucional de dicho ministerio, que se adjuntan en el recuadro Información Complementaria.

Trámites a realizar o etapas

No tiene costo

Valor

Avda. Pedro de Valdivia Nº963, Secretaria Municipal.

Correo electronico de consulta consultapersonasjuridicas@providencia.cl

Lugar donde se realiza

- Modelos Estatutos Personas Sin Fines de Lucro, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
- Constitución de Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Corporaciones o Asociaciones (O.N.G.) y Fundaciones.

- Modelo de Estatuto de Asociación como Persona Jurídica Sin Fines de Lucro, regida por el Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, aprobado por Resolución Exenta N°1606 de 16 de mayo de 2012, Ministerio de Justicia.

- Modelo de Estatuto de Fundación como Persona Jurídica Sin Fines de Lucro, regida por el Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, aprobado por Resolución Exenta N°1610 de 16 de mayo de 2012, Ministerio de Justicia.

- Modelo de Estatutos Centros de Padres