Modificación de Estatutos de personas Jurídicas sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociaciones)
Nombre del servicio | Modificación de Estatutos de personas Jurídicas sin fines de lucro, regidas por el Título XXXIII del código Civil (Fundaciones y Corporaciones o Asociaciones) | |
Descripción del servicio |
Descripcion : Servicio mediante el cual se puede obtener el archivo de copia de los antecedentes de la modificación de sus estatutos de una persona jurídica sin fines de lucro, regida por el Título XXXIII del Código Civil, (fundaciones, o corporaciones asociaciones) y su remisión al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a partir de la cual regirá la modificación de estatutos de la fundación, o corporación o asociación. Requisitos y Antecedentes :Dirigido a toda la ciudadanía: La entidad debe tener y estar fijado en sus estatutos el domicilio en la comuna de Providencia, o fijarlo en la primera modificación. Se debe celebrar asamblea general extraordinaria de socios (Corporaciones o Asociaciones) o sesión extraordinaria de directorio (Fundaciones), celebrada ante notario público, oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación o funcionario municipal autorizado por el Alcalde, que conste en escritura pública o privada autorizada por el ministro de fe presente en la asamblea o sesión, levantando acta que contenga los acuerdos de la o las modificaciones a los estatutos, el nuevo texto refundido de los estatutos y se otorgue poder para solicitar el registro de la modificación de estatutos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificación y aceptar las modificaciones que le soliciten las autoridades competentes. |
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Requisitos y antecedentes | No es factible realizarlo en línea. | |
¿Realizable en línea? |
Depositar en Secretaria Municipal acta de la asamblea general extraordinaria de socios (Corporaciones o Asociaciones) o sesión extraordinaria de directorio (Fundaciones) convocada especialmente para acordar la modificación de estatutos, dentro de los 30 días siguientes a su celebración, la que deberá incluir las modificaciones y el texto refundido de los estatutos , debiendo adjuntar certificados de vigencia de la personalidad jurídica y del actual Directorio de la entidad, emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Si se modifica el nombre de la entidad se debe adjuntar certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaciones en el cual se indique que no existe similitud o coincidencia con el nombre de otra persona jurídica vigente. Si la entidad fue creada con anterioridad a la vigencia de la Ley 20.500 o en la Secretaria Municipal de otra municipalidad y no se ha tramitado modificación de estatutos en la Secretaria Municipal de Providencia, se deberá acompañar fotocopia simple de la o las escrituras públicas de constitución como del decreto supremo de justicia que le otorgo la personalidad jurídica y su publicación en el diario oficial, al igual que de las modificaciones de estatutos anteriores, si las hubiere. En el caso de las fundaciones se deberá acompañar informe favorable del Ministerio de Justicia. Luego, se deben salvar las objeciones que, eventualmente, formule la Secretaria Municipal dentro del plazo de 30 días desde el depósito. Salvadas las objeciones, en su caso, la Secretaría Municipal enviará los antecedentes al Registro Civil e Identificación mediante correo electrónico, con copia al solicitante, para la inscripción de la modificación de estatutos de la entidad en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro del Servicio de Registro Civil e Identificaciones. |
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Trámites a realizar o etapas |
No tiene costo |
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Valor |
Avda. Pedro de Valdivia Nº963, Secretaria Municipal correo electrónico de consulta: consultapersonasjuridicas@providencia.cl
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Lugar donde se realiza |
Modelos estatutos personas sin fines de lucro, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |