Disolución Organizaciones Comunitarias Ley N°19.418

Fecha de actualización: 15-11-2024
Nombre del servicio Disolución Organizaciones Comunitarias Ley N°19.418
Descripción del servicio

LAS JUNTAS DE VECINOS Y LAS DEMAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS PODRAN DISOLVERSE POR ACUERDO DE LA ASAMBLEA GENERAL ADOPTADO POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS AFILIADOS CON DERECHO A VOTO.

LAS JUNTAS DE VECINOS Y LAS DEMAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS SE DISOLVERAN:

- POR INCURRIR EN ALGUNAS DE LAS CAUSALES DE DISOLUCION PREVISTAS EN LOS ESTATUTOS.

- POR HABER DISMINUIDO SUS INTEGRANTES A UN PORCENTAJE O NUMERO, EN SU CASO, INFERIOR AL REQUERIDO PARA SU CONSTITUCION, DURANTE UN LAPSO DE SEIS MESES, HECHO ESTE QUE PODRA SER COMUNICADO AL SECRETARIO MUNICIPAL RESPECTIVO POR CUALQUIER AFILIADO A LA ORGANIZACIÓN, O

- POR CADUCIDAD DE LA PERSONALIDAD JURIDICA, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL INCISO QUINTO DEL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N°19.418. (NO HABER SUBSANADO LAS OBSERVACIONES FORMULADAS A LOS ESTATUTOS POR EL SECRETARIO MUNICIPAL, DENTRO DEL PLAZO DE 90 DIAS CONTADO DESDE LA NOTIFICACION CORRESPONDIENTE).

Requisitos y antecedentes No aplica
¿Realizable en línea? No es factible realizarlo en línea.
Trámites a realizar o etapas

LA DISOLUCION SERA DECLARADA MEDIANTE DECRETO ALCALDICIO FUNDADO, NOTIFICADO AL PRESIDENTE DE LA ORGANIZACIÓN RESPECTIVA, PERSONALMENTE O EN SU DEFECTO POR CARTA CERTIFICADA. LA ORGANIZACIÓN TENDRA DERECHO A RECLAMAR ANTE EL TRIBUNAL ELECTORAL REGIONAL CORRESPONDIENTE, DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS CONTADO DESDE LA NOTIFICACION.

Valor Gratuito
Lugar donde se realiza

Avda. Pedro de Valdivia N°963 Secretaria Municipal

Teléfonos : 226543246-226543230

Correos electrónicos : cbarria@providencia.cl y vguerrero@providencia.cl

Horario de atención : De Lunes a Jueves de 08:30 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas . Día Viernes de 08:30 a 13:30 y de 15:00 a 16:00 horas.-

Información complementaria No aplica