Aprobación de Fusión y Subdivisión Predial

Fecha de actualización: 14-10-2024
Nombre del servicio Aprobación de Fusión y Subdivisión Predial
Descripción del servicio

La Fusión tiene por objeto unir dos o más predios, para conformar un terreno mayor que permitirá mejores condiciones de edificación.

La Subdivisión implica reducir la superficie de un terreno al separalo en dos o más, considerando que los predios resultantes deben cumplir la superficie predial mínima normada en el Plan Regulador Comunal.

Requisitos y antecedentes

REQUISITOS:

1. Presentación de la solicitud por el Propietario de el(los) predio(s) suscrita por el profesional competente.
2. Predios resultantes de la subdivisión deben cumplir con la superficie mínima de 800 m2.

ANTECEDENTES:

1. Solicitud con datos completos firmada por el propietario de el o los terrenos(s) y el profesional competente.

2. Documentos señalados en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones artículos 3.1.2. y 3.1.3.

3. Declaración jurada simple del propietario como titular del dominio.

4. Certificado de Avalúo Fiscal vigente (para subdivisión)

5. Certificados de Dominio Vigente de cada predio.

6. Certificados de Informaciones Previas vigentes de cada terreno.

7. Solicitar Viñeta para planos en el Departamento de Edificación

8. Plano con situación anterior y actual, deslindes acotados según escrituras, cuadros de superficies, roles y números oficiales.

9. Acreditar el pago de los derechos municipales.

¿Realizable en línea?

NO APLICA

Trámites a realizar o etapas

1. Ingreso de la solicitud correspondiente y antecedentes en el Departamento de Edificación.
2. Revisión de los antecedentes presentados.
3. Comunicación de observaciones si las hubiere.
4. Ingreso de nuevos antecedentes con observaciones resueltas.
5. Aprobación de planos.
6. Pago de derechos municipales.
7. Emisión de la Resolución aprobatoria correspondiente. (*)

(*) Documentos que el interesado debe inscribir posteriormente en el Conservador de Bienes Raíces y reingresar a la Dirección de Obras para oficializar la nueva situación predial.

Valor Los derechos a pagar serán los establecidos en el Artículo 24 Punto 2, de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales.
Lugar donde se realiza

Dirección de Obras Municipales - Departamento de Edificación

Dirección: Pedro de Valdivia Nº 963

Teléfono: 2 22654 3290 / 2 22654 3250 / 2 2654 3522 E-mail: contacto.edificacion@providencia.cl / mfernandeza@providencia.cl / rlara@providencia.cl

Información complementaria

Ordenanza Local sobre Derechos https://transparencia.providencia.cl/Carpeta/VerTabla/23085/1/2022

Ordenanza Plan Regulador Comunal: https://transparencia.providencia.cl/Carpeta/Listado/22574

Ley General de Urbanismo y Construcciones: https://www.minvu.gob.cl/elementos-tecnicos/leyes/

Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones: https://www.minvu.gob.cl/elementos-tecnicos/decretos/

Formulario de Solicitud: https://www.minvu.gob.cl/elementos-tecnicos/formularios/