Solicitud de Patente de Alcoholes
Nombre del servicio | Solicitud de Patente de Alcoholes | |
Descripción del servicio |
Solicitud de autorización para el funcionamiento de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, pagando la contribución de patente respectiva o accesoria a una patente comercial. Este servicio está dirigido a personas naturales o jurídicas, que deseen expender, proporcionar, distribuir o mantener bebidas alcohólicas para su comercialización. |
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Requisitos y antecedentes |
I. PARA ACREDITAR CONTRIBUYENTE II. PARA ACREDITAR LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD III. PARA ACREDITAR ANTECEDENTES TRIBUTARIOS IV. PARA ACREDITAR EL USO LEGÍTIMO DEL INMUEBLE V. ANTECEDENTES DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES VI. PERMISOS SANITARIOS VIII. OTROS PERMISOS Leyes Especiales Art. 26, letra d), Ley de Rentas Municipales, como: |
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¿Realizable en línea? | No, sólo presencial. | |
Trámites a realizar o etapas |
1. El Contribuyente debe presentar una carta a la Dirección de Obras, solicitando la factibilidad de instalación de local con venta de bebidas alcohólicas indicando la dirección exacta en la cual se desarrollará la actividad. 2. La Dirección de Obras emitirá un pre-informe, en el cual se indicará si el plano regulador permite la actividad en el sector solicitado y si el inmueble tiene recepción final acorde al giro solicitado. 3. Con el antecedente anterior se envía un memorándum a la Dirección de Fiscalización para que esta realice una encuesta en terreno a los residentes y locatarios colindantes del local en el cual se solicita la respectiva patente de alcohol. 4. De manera paralela se enviará un oficio a la Junta de Vecinos correspondiente solicitándole su opinión en relación al otorgamiento del tipo de patente solicitado en la dirección indicada y a Carabineros de Chile cuando se trate de las patentes de Depósito de Bebidas Alcohólicas, Bar, Cabaret y salones de Baile, respecto de las distancias con Establecimientos de Educación, de salud, Penitenciarios, de Recintos Militares o Policiales, de Terminales y Garitas de Locomoción Colectiva. 5. Luego de recopilados los documentos ya indicados en los puntos anteriores, se procederá a enviar las solicitudes a la Comisión de Alcoholes para ser analizadas, tras lo anterior estas pueden ser aprobadas, rechazadas o quedar pendientes para la posterior realización de trámites internos o en definitiva lo que estimen convenientes los Concejales integrantes de la Comisión de Alcoholes respectiva, en cumplimiento a la facultad que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades. 6. Si la resolución es favorable, el contribuyente se deberá dirigir al Departamento de Rentas, con todos los antecedentes y documentos requeridos para su solicitud, para continuar con el trámite de obtención de la patente de alcohol. 7. Completados todos los antecedentes se enviarán al Alcalde para su aprobación en el Concejo Municipal. 8. Luego de su aprobación en el Concejo, la Secretaria Municipal confeccionará el Decreto Alcaldicio de Autorización de Funcionamiento respectivo, el que le será notificado al interesado por el Departamento de Rentas. 9. Finalmente el Departamento de Rentas, procederá a calcular los valores asociados y el contribuyente realizará el pago de la patente. |
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Valor |
LETRA A: DEPOSITO DE BEBIDAS ALCOHOLES 1 U.T.M. LETRA B: a) HOTELES, ANEXO DE HOTELES 0,7 U.T.M. b) CASA DE PENSION O RESIDENCIALES 0,6 U.T.M. LETRA C: RESTAURANT DIURNO Y NOCTURNO 1,2 U.T.M. LETRA D a) CABARET 3,5 U.T.M. b) PEÑAS FOLCLORICAS 3 U.T.M. LETRA E: CANTINA, BARES, PUBS Y TABERNAS 2 U.T.M. LETRA F: EXPENDIO DE CERVEZA O SIDRA DE FRUTA 0,5 U.T.M. LETRA G: QUINTA DE RECREO O SERVICIOS AL AUTO 3,5 U.T.M. LETRA H: MINIMERCADO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS 1,5 U.T.M. LETRA I: a) HOTEL DE TURISMO 5 U.T.M. b) HOSTERIA DE TURISMO 3 U.T.M. c) MOTEL DE TURISMO 2 U.T.M. d) RESTAURTANT DE TURISMO 4 U.T.M. LETRA J: a) DISTRIBUIDORA VINO, LICORES, CERVEZA AL POR MAYOR 1,5 U.T.M. b) EMPRESAS PRODUCTOREAS Y EXPORTADORAS DE VINO, PISCO Y CERVEZA 3 U.T.M. LETRA K: CASAS IMPORTADORAS DE VINOS O LICORES 0,5 U.T.M. LETRA L: AGENCIA DE VIÑAS O INDUSTRIAS FUERA DE LA COMUNA 1 U.T.M. LETRA M: CIRCULOS O CLUBES SOCIALES CON PERSONA JURIDICA 1 U.T.M. LETRA N: DEPOSITOS TURISTICOS 3 U.T.M. LETRA Ñ: SALONES DE TE O CAFETERIAS 0,5 U.T.M. LETRA O: SALONES DE BAILE O DISCOTECAS 2 U.T.M. LETRA P: SUPERMERCADO 3 U.T.M. LETRA Q: SALONES DE MUSICA EN VIVO 3,5 U.T.M. |
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Lugar donde se realiza |
Departamento de Rentas se accede por Pedro de Valdivia N°963 o por Marchant Pereira N°880. Se entregan tickets de atención en el siguiente horario: |
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Información complementaria |
Se aclara que las patentes de alcoholes susceptibles de ser solicitadas son todas las clases estipuladas en el artículo 3 de la ley 19.925, Sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con excepción de las patentes limitadas: letras A, E, F y H, pues nuestra comuna ya se encuentra en el límite establecido por la Intendencia Regional Metropolitana. Sin perjuicio, de lo expuesto, se debe recordar que el otorgamiento de patentes de alcoholes no sólo de si está disponible, sino también del uso de suelo de la dirección en donde se solicite. |