Solicitud de Patente de Microempresa Familiar

Fecha de actualización: 13-09-2024
Nombre del servicio Solicitud de Patente de Microempresa Familiar
Descripción del servicio

La solicitud de Microempresa Familiar o MEF, es una empresa que pertenece a una persona natural o Empresa individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) que residen en una casa habitacional. Pueden desarrollar labores profesionales, oficios, comercio, talleres, artesanías o cualquier otra actividad lícita, ya sea de prestación de servicio o de producción de bienes, excluidas aquellas contaminantes, peligrosas o molestas.

Requisitos y antecedentes

I. PARA ACREDITAR CONTRIBUYENTE
a) Fotocopia Cédula de Identidad (Persona Natural) Copia por ambos lados, vigente a la fecha en que realiza el trámite.

II. ANTECEDENTES TRIBUTARIOS
a) Formulario de Inscripción en Registro de Microempresas Familiares (Ley N° 19.749), Declaración Jurada y Declaración de Inicio de Actividades, timbrado por el Municipio y el Servicio de Impuestos Internos.

III. PARA ACREDITAR EL USO LEGÍTIMO DEL INMUEBLE
a) PROPIETARIO: Certificado de Dominio Vigente del mismo, emitido por el Conservador de Bienes raíces, con vigencia máxima de 90 días.
b) ARRENDATARIO: Contrato de arrendamiento con firma autorizada ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, a nombre del arrendador.
Si el arrendador es PERSONA JURÍDICA se deberá acreditar la personería de la persona natural que actúe en representación de la misma.
c) SUBARRENDATARIO: Contrato de Subarrendamiento Contrato de Arriendo primitivo, en el cual no se contenga la prohibición de subarrendar o ceder el uso y goce en todo o parte; más contrato de subarriendo y anexos si hubiere.
d) AUTORIZACIÓN DE USO/CESIÓN/COMODATO Autorización de uso, Cesión o Comodato, ante Notario Público. En caso de no encontrarse con dicha formalidad, se deberá adjuntar Certificado de Dominio Vigente, para acreditar que el autorizante, cedente o comodatario sea efectivamente el propietario del inmueble.

IV. PERMISOS SANITARIOS
a) Autorización sanitaria para alimentos (si la actividad considera la producción y/o manipulación de alimentos).Una vez emitido el informe favorable de la Dirección de Fiscalización, el cual es autorizado por el Jefe de la Sección de Patentes Municipales.
b) Se requiere contar con autorización, permiso, inscripción o certificado sanitario o de otro servicio, sólo para aquellas microempresas cuya actividad requiera de ciertas condiciones especiales para acogerse a esta Ley.

V. OTRAS AUTORIZACIONES
a) Autorización del Comité de Administración, inmueble acogido a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.

¿Realizable en línea?

Portal de Solicitudes de Patentes Municipales

Trámites a realizar o etapas 1. Presentación de Formulario de Inscripción en Registro de Microempresas Familiares (Ley N° 19.749), Declaración Jurada y Declaración de Inicio de Actividades, en el Departamento de Rentas.
2. Presentación de la Solicitud de Patente Comercial, con antecedentes respectivos completos.
3. Verificación del cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que fueran aplicables.
4. Visita a la propiedad de un funcionario de la Dirección de Fiscalización, para informar si ésta cumple con los requisitos de Microempresa Familiar. Si cumple, el contribuyente podrá seguir con el proceso, de lo contrario NO podrá tramitar la respectiva Patente Municipal.
5. Firma del Formulario de Inscripción en Registro de Microempresas Familiares (Ley N° 19.749), Declaración Jurada y Declaración de Inicio de Actividades para que el contribuyente lo presente al Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.). Sólo si esa entidad autoriza el Inicio de Actividades el interesado puede continuar el trámite.
6. Entrega del mencionado Formulario en el Departamento de Rentas.
7. Cálculo de los valores asociados a la patente, girar y enrolar las patentes y derechos asociados.
8. Pago de los valores calculados.
9. Autorización, mediante Decreto Exento DAC, de la instalación y funcionamiento de la Microempresa Familiar.
Valor

El valor de la contribución de patente se determina aplicando una tasa de 5 por mil sobre el capital propio declarado ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), es decir, se debe multiplicar el monto del capital por 0,005, el que no podrá ser inferior a 1 UTM ni superior a 8.000 UTM. Este valor permite el ejercicio de la actividad en el año tributario que va desde el 1 de julio de un año y el 30 de junio del año siguiente.

El valor calculado de patente si bien es anual, el pago se efectúa en dos cuotas semestrales, la primera con vencimiento el 31 de julio de cada año, y la segunda, el 31 de enero del año siguiente. Esta última se reajusta según la variación del IPC, entre el 1° de junio y 30 de noviembre inmediatamente anterior.

A este valor se agrega el pago de Derechos de Aseo y otros permisos que se autoricen como publicidad o utilización de bien nacional de uso público.

Lugar donde se realiza

Departamento de Rentas se accede por Pedro de Valdivia N°963 o por Marchant Pereira N°880.

Se entregan tickets de atención en el siguiente horario:
Lunes a Jueves de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 17:00 horas
Viernes de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 16:00 horas

Información complementaria NOTAS:
1. Los formularios deben ser completados ANTES del momento de la atención.
2. Se deben adjuntar TODOS los documentos solicitados, de lo contrario no se ingresará la solicitud.
3. La documentación debe estar a nombre del titular quien solicita el trámite, en fotocopia simple y estar vigentes al momento de la atención (Documentos con vigencia).
4. El domicilio debe corresponder al lugar donde se ejercerá la actividad.
5. Se podrán solicitar otros documentos que aquí no se mencionan, por corresponder a giros o rubros más específicos, o bien requisitos que sean solicitados por la Dirección de Obras Municipales.
6. El otorgamiento de Patente no faculta la instalación de publicidad, para ello se deberá ingresar una Solicitud de Publicidad y Propaganda en el Departamento de Rentas, la que será evaluada en conformidad con la Ordenanza Sobre Publicidad y Propaganda en la Comuna de Providencia vigente, disponible en www.providencia.cl