Solicitud y renovación de Exención de Contribución de Patente actividades primarias o extractivas

Fecha de actualización: 12-04-2024
Nombre del servicio Solicitud y renovación de Exención de Contribución de Patente actividades primarias o extractivas
Descripción del servicio

Solicitud de exención o no afectación a contribución de patente dirigida a personas naturales o jurídicas que realicen actividades primarias o extractivas contenidas en el Art. 23 DL Nº 3.063/79.

Requisitos y antecedentes

Para solicitar la exención anual de la contribución de Patente Municipal para las actividades Agrícolas, Mineras y Forestales, de acuerdo al artículo 23 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, el contribuyente primero deberá contar con patente comercial y posteriormente solicitar la exención del respectivo tributo, a lo que se solicitará los documentos que a continuación de señalan y posteriormente año a año serán requeridos para su renovación:

Actividades Mineras:
a) Carta solicitud de exención de Impuesto de Patente.
b) Certificado emitido por la Municipalidad en donde se ubica la Actividad Primaria, indicando la actividad que desarrolla y si paga Patente). Vigencia 90 días.
c) Informe a la Secretaría Regional Ministerial de Minería sobre el tipo de trabajo que realiza la compañía minera en sus yacimientos.
d) Patentes de Explotación mineras.
e) Balance General al 31 de diciembre del año comercial respectivo, generalmente el año anterior a la solicitud
f) Determinación de Capital Propio Tributario al 31 de diciembre del año comercial respectivo,, generalmente el año anterior a la solicitud
g) Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario respectivo (Formulario N° 22 Compacto y Certificado Solemne emitidos por el Servicio de Impuestos Internos año siguiente al año comercial).

Actividades Agrícolas y/o Forestales:
a) Carta solicitud de exención de Impuesto de Patente.
b) Certificado emitido por la Municipalidad en donde se ubica la Actividad Primaria, indicando la actividad que desarrolla y si paga Patente. Vigencia 90 días.
c) Balance General al 31 de diciembre del año comercial respectivo
d) Determinación de Capital Propio Tributario 31 de diciembre del año comercial respectivo
e) Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario respectivo (Formulario N° 22 Compacto y Certificado Solemne emitidos por el Servicio de Impuestos Internos año siguiente al año comercial).

Nota. El Balance General y la Determinación de Capital Propio Inicial deberán ser presentados en original, con las firmas del representante legal y el contador de la empresa.

¿Realizable en línea? Sí, La solicitud se realiza al correo: inforentas@providencia.cl
Trámites a realizar o etapas 1. Presentación de la Solicitud de exención, con antecedentes respectivos completos.
2. Verificación del cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que fueran aplicables.
3. Solicitud de informe a la Dirección Jurídica.
4. Autorización, mediante Decreto Exento DAC, de la exención del pago de patente.
Valor

Pago de derechos Municipales, como el derecho de aseo municipal y si corresponde publicidad.

Lugar donde se realiza

Departamento de Rentas se accede por Pedro de Valdivia N°963 o por Marchant Pereira N°880.

Se entregan tickets de atención en el siguiente horario:
Lunes a Jueves de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 17:00 horas
Viernes de 8:30 a 13:30 horas y de 15:00 a 16:00 horas

Información complementaria La mencionada exención no lo excluye del pago de derechos municipales que pudieren corresponder. La exención se deberá solicitar todos los años antes de iniciar el año tributario municipal respectivo.