Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades
Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones | Fuente legal | Fecha de publicación | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha de última modificación | Fecha de promulgación |
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ALCALDE |
Artículo 56.- El alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. |
Art. 56, 63, 64, 65 Y 67 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 05-05-2006 | |
ALCALDE |
Artículo 123°.- En aquellas propiedades que no cumplan con las disposiciones del Plan Regulador y que fueren parcialmente afectadas por siniestros, las Direcciones de Obras Municipales podrán autorizar la ejecución de trabajos de emergencia y de carácter transitorio, destinados a su mantenimiento, por un plazo no mayor a seis meses, el que sólo podrá ser prorrogado por una sola vez hasta por otro periodo igual, siempre que existan causas justificadas. |
ART. 123 Y 124 DECRETO 458 APRUEBA NUEVA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES |
30-04-2009 | 14-12-2023 | 18-12-1975 | |
ADMINISTRACION MUNICIPAL |
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Art. 30 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
ADMINISTRACION MUNICIPAL |
ARTÍCULO 11 º: El Administrador Municipal tiene por objeto ser el colaborador directo del Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale este Reglamento Municipal y las que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo. |
ART. 11 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA | 22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
JUZGADOS DE POLICIA LOCAL |
Artículo 13°- Además de lo establecido en el artículo anterior, los Jueces de Policía Local conocerán en primera instancia: |
ART. 13 Y 14 DECRETO 307 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY 15.231, SOBRE ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES DE LOS JUZGADOS DE POLICIA LOCAL |
30-04-2009 | 13-08-2021 | 03-03-1978 | |
JUZGADOS DE POLICIA LOCAL |
ARTÍCULO 14 º: Los Juzgados de Policía Local dependen administrativamente de la Municipalidad y el Juez, disciplinariamente de la Corte de Apelaciones respectiva. Los Juzgados de Policía Local tienen por objeto administrar justicia en el territorio jurisdiccional que corresponde a la comuna de Providencia, de acuerdo a la competencia que les otorga La ley. |
ART. 14 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
DIRECCION JURIDICA |
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Art. 28 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
DIRECCION JURIDICA |
ARTÍCULO 15 º: La Dirección Jurídica presta asesoría en materias legales al Alcalde, al Concejo, a las distintas Unidades Municipales y a la comunidad, cuando corresponda. La Dirección Jurídica tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Informar en derecho todos los asuntos legales que las Unidades Municipales le planteen. b) iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en todos aquellos juicios en que la municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el alcalde así lo determine: c) Orientar periódicamente a las Unidades Municipales respecto de las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. d) Informar al Alcalde las deficiencias jurídicas que observe en materias Municipales y proponer alternativas de solución. e) Prestar asesoría a la comunidad cuando sea procedente y el Alcalde así lo determine. f) Efectuar, cuando lo ordene el Alcalde, las investigaciones. Y sumarios administrativos y supervigilar aquellos que realicen funcionarios de otras Unidades. g) Mantener actualizado los títulos de los bienes Municipales. |
ART. 15 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
DIRECCION DE CONTROL |
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Art. 29 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
DIRECCION DE CONTROL |
ARTÍCULO 18 º: La Dirección de Control tiene carácter contralor de todas las unidades municipales, debiéndose someter técnicamente a las instrucciones de la Contraloría General de la República. |
ART. 18 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
DIRECCION SECRETARIA MUNICIPAL |
Artículo 20.- La Secretaría Municipal estará a cargo de un secretario municipal que tendrá las siguientes funciones: |
Art. 20 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
DIRECCION SECRETARIA MUNICIPAL |
Artículo 2°.- Modifícase la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 58, de 1997, del Ministerio del Interior, del siguiente modo¿ |
ART.2 NUMEROS 2 Y 4, LEY 21146 MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES, CON EL OBJETIVO DE SIMPLIFICAR EL PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE LAS ELECCIONES DE LAS JUNTAS DE VECINOS Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS |
27-02-2019 | Sin modificación | 20-02-2019 | |
DIRECCION SECRETARIA MUNICIPAL |
ARTÍCULO 23 º: La Secretaría Municipal depende directamente del Alcalde, estará a cargo de un Secretario Municipal, cuyas funciones principales serán dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales y recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda y llevar el registro público de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales a que se refiere el Artículo 6 º de la Ley 19 .418. La Secretaría Municipal tiene a su cargo, además de lo señalado en el párrafo anterior, las siguientes funciones: |
ART. 23 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
DIRECCION SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION |
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Art. 21 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
DIRECCION SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION |
ARTÍCULO 28 º: La Secretaría Comunal de Planificación y Coordinación realiza funciones de asesoraría al Alcalde y al Concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos Órganos Municipales. En tal carácter le corresponden las siguientes funciones: |
ART. 28 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO |
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Art. 22 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO |
ARTÍCULO 41 º: La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene por objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo de la comunidad. Para ello, tiene las siguientes funciones: |
ART. 41 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 | |
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES |
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Art. 24 DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES |
30-04-2009 | 11-12-2023 | 09-05-2006 | |
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES |
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ART. 9, 123 Y 124 DECRETO 458 APRUEBA NUEVA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES |
30-04-2009 | 14-12-2023 | 18-12-1975 | |
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES |
ARTÍCULO 62 º: La Dirección de Obras tiene como objetivo velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes y de las disposiciones legales y reglamentarias que regulen las construcciones y las obras de urbanización que se ejecuten en el territorio comunal. En tal carácter le corresponderán las siguientes funciones: |
ART. 62 REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA |
22-05-2023 | Sin modificación | 22-05-2023 |